Notas:
(1) Conforme a la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución OSINERGMIN N° 083-2021-OS/CD, publicada 30 de abril de 2021, los procesos para la obtención de Certificados de Conformidad de EPO, EO, Inicio de Operación Comercial, Integración de Instalaciones de Transmisión en el SEIN, Conclusión de la Operación Comercial y Retiro de Instalaciones del SEIN, así como para la aprobación de la Conexión de Instalaciones al SEIN iniciados antes de la entrada en vigencia de la modificación del PR-20, se regirán, hasta su conclusión, por las disposiciones contempladas en el PR-20, aprobado por Resolución N° 035-2013-OS/CD.
(2) En el Aplicativo de “Estado de Avance” se actualizará la información de los EPOs que se rijan por el PR-20 aprobado por Resolución N° 035-2013-OS/CD. Los EPOs que se rijan por el PR-20 aprobado por la Resolución OSINERGMIN N° 083-2021-OS/CD, se actualizarán en el archivo Excel de la carpeta “Estado de Avance EPO”.